Como generarte un gasto deducible en una empresa española desde una LLC.
Paso 1 – Tienes que tener una LLC.
Paso 2- Tienes que tener una empresa Española.
Ejemplo. Tienes una Clínica Dental, zapatería, tienda de moda…. lo que sea. Tu empresa paga algun tipo de servicio, pagina web, gestión de redes… lo que sea, por ejemplo 200€ al mes. A partir de ahora ese servicio lo pagara tu empresa LLC, ya sabes, sin IVA.
Tu vas a seguir recibiendo el mismo servicio, pero además de que la LLC pague la factura a tu proveedor, tu LLC te va a mandar una factura a tu empresa española, pero no por 200€/mes sino por 2.000€/mes.
Así que te ahorras el IVA de tu proveedor español, porque el servicio te paga tu LLC, tu vas a llevar 1800€ limpios a la empresa LLC, generándote un gasto deducible en tu empresa española.

Estos son los requisitos para generar gastos:
- Deben ser gastos vinculados a la actividad económica o, como dice Hacienda, que estén “afectos” a la misma”.
- Deben encontrarse convenientemente justificados mediante las correspondientes facturas. En ocasiones pueden valer recibos o factura simplificada siempre que aparezcan todos tus datos fiscales.
- Deben estar registrados contablemente por la pyme en sus correspondientes libros contables y en la cuenta de pérdidas y ganancias conforme al apartado 3 del artículo 11 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS).
- La imputación de los gastos deducibles se realizará en el periodo impositivo en que se devenguen, salvo en las excepciones que te detallamos en este artículo sobre la deducción de gastos de facturas atrasadas.
Alguno de tus amigos podría ponerte problemas, «Es una operación vinculante porque tu eres administrador de la sociedad LLC ( aunque hacienda no tiene ni idea, ni España lo sabe, ni tu tienes por que decirlo)… También te podría decir que no es un «Precio de Mercado» pero eso ya lo decides tú, tú haces con tu dinero lo que quieras. «No, es que hay que demostrar que el trabajo se esta realizando…» y se está realizando, tu proveedor español lo hace. Lo único que haces es pagar a un intermediario, que es caro… bueno, eso es cosa tuya. Hacienda no te va a decir si es caro o barato.
Ya te has generado 1800€ de gastos deducibles directamente en tu empresa, que se deducirá de tu impuesto de sociedades, al cabo del año son 20.000€.
Totalmente legal y sin problemas.
Estos son los gastos más frecuentes para reducir tu carga fiscal.
1- Páginas Web (Creación, Mantenimiento, Actualizaciones, Diseño, Soporte=
2- Redes sociales de tu empresa.(todas las redes sociales, publicidad en cada una de ellas, diseño de campañas, campañas=
3- Software que usas en tu empresa. (cobro por uso, soporte, actualizaciones, cursos de formación, compra del software o alquiler del mismo…)
4- Gastos por uso de patentes.
6- Uso de marca de empresa. Licencias por uso, canon de entrada, soporte, capacitación, porcentaje de ventas.
7- Alquileres.
Hay un sinfin de gastos que puedes generar sin problema, siempre que puedas demostrar que se realizan.